En la ciudad de Córdoba, a veinticinco días del mes de Julio del año dos mil dieciocho, con la Presidencia de su Titular Doctora Aída Lucia Teresa TARDITTI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. María de las Mercedes BLANC de ARABEL,María Marta CACERES de BOLLATI y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, y la asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERGy ACORDARON:

VISTO: Las acciones de mejora continua en la gestión de los procesos de labor que desarrolla el Tribunal Superior de Justicia, así como el plan de trabajo vinculado a la Reforma Judicial que propende a la modernización de la estructura organizacional en diversos ámbitos del Poder Judicial de Córdoba.

Y CONSIDERANDO: Que la Justicia tiene a su cargo el deber de asegurar a las personas el derecho a la tutela judicial efectiva (arts. 18, 75 inc. 22 CN y 8 CADH), la cual se traduce en una prestación eficaz y eficiente del servicio de justicia; que para ello precisa una mejora continua en los procesos de gestión que despliegan las unidades funcionales en términos de tiempo y calidad, siendo consecuencia necesaria de los mismos el logro tanto de la satisfacción del usuario externo cuanto la de los propios actores que dan vida al sistema judicial; por ello estas prácticas estratégicas deben ser abordadas sistémicamente en la organización, tal que involucre en forma activa y comprometida a todos los actores y unidades que la componen.

Que los poderes judiciales a nivel provincial, nacional e internacional vienen adoptando como política institucional la aplicación de buenas prácticas de gestión, garantizando con ello una atención adecuada a las diversas demandas, necesidades y expectativas sociales.

Que el desarrollo de los programas de gestión estratégica y calidad judicial requieren de una coordinación y evaluación permanente de las acciones que se realizan, así como de un monitoreo de los indicadores de impacto y resultado, considerando las particularidades que presenta cada órgano jurisdiccional o administrativo.

Que ello determina la necesidad de impulsar la creación de un organismo con competencia específica en materia de gestión estratégica organizacional y calidad judicial, a fin que colabore en la consolidación de los valores de confianza pública, mejora continua, transparencia, planificación, satisfacción laboral, descentralización operativa, modernización, administración racional de recursos, efectividad, eficacia y economía procesal.

Por todo ello y lo dispuesto por los arts. 166 inc. 2º de la Constitución Provincial, y 12 inc. 1º de la Ley Orgánica del Poder Judicial Nº 8435; el Tribunal Superior de Justicia:

RESUELVE:Artículo 1.- Crear la Oficina de Gestión Estratégica y Calidad, que dependerá directamente del Tribunal Superior de Justicia y actuará bajo la dirección de un Vocal del Alto Cuerpo; estará a cargo de quien designe el Cuerpo, deberá contar con las condiciones de ser Abogado y tener formación multidisciplinaria; le corresponderá integrar la dotación de profesionales con competencias interdisciplinarias que se le asigne, así como el cumplimiento de las funciones y tareas establecidas en el presente reglamento. 

Artículo 2.- OBJETIVOS DEL ÁREA:

  • Arraigar una cultura de la mejora continua de los procesos y personas, fomentando cambios de paradigmas organizacionales capaces de adecuarse a las necesidades actuales del servicio judicial.
  • Implementar una política estatal de gestión estratégica y de calidad en la Justicia desde un enfoque sistémico.
  • Elaborar programas interinstitucionales e internos orientados a mejorar la prestación del servicio de justicia brindado a la ciudadanía.
  • Impulsar, generar y coordinar instancias de capacitación en aristas de gestión y calidad judicial para magistrados, funcionarios y empleados; así como para organismos y actores externos que interactúan con nuestro Poder Judicial.
  • Detectar problemas y oportunidades de mejora en las distintas unidades funcionales, con el fin de corregir los primeros y aprovechar estratégicamente las segundas, proporcionando valor agregado en términos de tiempo, calidad e identificación de las necesidades, requisitos y expectativas de los destinatarios de su labor.
  • Apuntalar procedimientos de trabajo y perfiles de puestos en los organismos, en procura de establecer entornos saludables de trabajo judicial, capaces de generar satisfacción laboral en sus integrantes.
  • Trabajar coordinadamente con los titulares y sus equipos de labor, realizando un acompañamiento diferenciado y específico en la búsqueda de las herramientas más adecuadas para optimizar sus tareas.
  • Planificar estratégicamente las acciones a adoptar frente a la implementación de una política pública judicial, con la utilización de los recursos disponibles y desde un enfoque sistémico de trabajo interáreas.
  • Brindar un panorama explicativo amplio sobre los diversos estados de situación y mapas descriptivos de aspectos relevantes de la realidad institucional, como instrumentos de apoyo al Tribunal Superior de Justicia para la toma de decisiones.
  • Relevar los resultados en la implementación de “buenas prácticas judiciales” a fin de procurar su seguimiento, evaluación y estudio de viabilidad para ser replicadas.
  • Indagar sobre aristas institucionales capaces de incidir positivamente sobre la transparencia y legitimidad interna como externa del Poder Judicial.

Artículo 3.- FUNCIONES DEL ENCARGADO DE LA OFICINA. a) Alinear estratégicamente la labor interna de los profesionales a su cargo y efectuar los requerimientos necesarios para el adecuado funcionamiento del espacio de trabajo. b) Coordinar la labor junto a otras unidades funcionales del Poder Judicial u organismos externos vinculados al sistema de justicia. c) Fomentar la cultura de la calidad, el aprendizaje y la mejora continua dentro del Área. d) Planificar estratégica y operativamente la labor a desarrollar. e) Comunicar los programas implementados, las actividades planificadas, ejecutadas y los resultados alcanzados, así como los actores y oficinas judiciales que intervienen y se relacionan con el Área.

Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. Incorpórese en la página web del Poder Judicial y dese la más amplia difusión periodística. 

Artículo 5.- Comuníquese a la Federación de Colegios de Abogados, Colegio de Abogados de la Ciudad de Córdoba, Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales, Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial.

Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidente y los Señores Vocales y la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.-

(Corresponde a Acuerdo Reglamentario N° 1504 Serie “A” de fecha 25/07/2018).