La Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba en el marco del receso judicial extraordinario dictó Resolución Nº 12/2020, en la que se establece: 1. PRORROGAR automáticamente las medidas cautelares a vencerse durante el receso judicial extraordinario, por el término de noventa (90) días, desde el día de su vencimiento. 2. PRORROGAR automáticamente, las medidas cautelares que se hayan vencido durante el receso judicial extraordinario, por el término de noventa (90) días desde la fecha de emisión de la presente. 3. HACER SABER a la Policía Federal y de la Provincia de Córdoba que respecto de las medidas cautelares judicialmente dispuestas en los términos de la Ley N° 9283 -exclusión del hogar, prohibición de acercamiento y contacto, otorgamiento de botón antipánico o tobillera, o cualquier otra que haga a la protección de la persona con carácter general – aun las vencidas durante la emergencia sanitaria, deberán prestar la asistencia que les sea requerida, considerándolas al efecto prorrogadas por el plazo de noventa días (90) a partir de la fecha de emisión de la presente.

RESOLUCIÓN N° 12