Desde el jueves, 1° de noviembre, conforme lo prevé la Ley 10543, el proceso de mediación será una “instancia obligatoria” en todo tipo de controversia entre particulares, previo al inicio de las actuaciones judiciales ante los tribunales de esta ciudad de Río Cuarto.
Cuando este proceso de resolución de conflictos se lleve adelante en el Centro Judicial de Mediación, deberá iniciarse a través de expediente electrónico. Los auxiliares de la justicia ingresarán la solicitud de mediación a través de una “presentación electrónica” y luego podrán hacer un seguimiento del trámite a través del Sistema de Administración de Causas del Poder Judicial de Córdoba (SAC).
A continuación, ponemos a su disposición el manual instructivo para la solicitud electrónica de Mediación Prejudicial.

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Beneficio de Mediar sin Gastos.
Aquellos requirientes que no tengan recursos económicos suficientes para afrontar los gastos que implique la Mediación Prejudicial Obligatoria, podrán tramitar una solicitud de mediar sin gastos. Para esto, deberán completar electrónicamente un formulario de Declaración Jurada, al momento de iniciar la solicitud de mediación que, seguidamente, se acompaña.

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