DIRECTOR:

Dr. Daniel José Bonino

VICEDIRECTOR:

Dr. Enrique Fernando Novo

SECRETARIO ACADÉMICO:

Dra. Sandra Senn

Reglamento Interno para el Instituto de Derecho y Ciencias Sociales, “Dr. Jorge A. Carranza”

VISTO:

la necesidad de precisar y coordinar las funciones académicas que cumple el Instituto de Derecho y Ciencias Sociales del Colegio de Abogados de Río Cuarto.

CONSIDERANDO:

La función del Colegio de Abogados prevista en el art. 32 inc. 7º de la Ley 5805 y la importante actividad que a tal fin desarrolla el Instituto de Derecho y Ciencias Sociales del Colegio de Abogados de la Segunda Circunscripción  Judicial de la Provincia de Córdoba, tanto para los abogados colegiados como demás profesionales y miembros del Poder Judicial.

Que el mencionado Instituto tiene a su cargo “la realización de actividades tendientes a la actualización, la profundización, el perfeccionamiento y la difusión del Derecho, organizando todo tipo de actividades que propenda a tales objetivos y promoviendo la participación activa de los abogados matriculados”.

Que el Instituto y sus Salas dependen del Directorio del Colegio de Abogados y su labor deberá realizarse en coordinación con dicho Directorio.

Que resulta procedente el dictado de una norma reglamentaria que determine los objetivos, funciones, atribuciones y deberes de las Salas en las que se organiza el  Instituto a fin de mejorar su funcionamiento.

POR ELLO, y con el objeto de cumplir las finalidades establecidas en el art. 32 de su Estatuto, el Directorio del Colegio de Abogados de Río Cuarto, aprueba el siguiente REGLAMENTO del Instituto de Derecho:

Son objetivos del Instituto de Derecho y Ciencias Sociales y de sus Salas:

  1. La actualización, la profundización, el perfeccionamiento y la difusión del Derecho.
  2. El permanente debate, investigación y consulta en cada rama o incumbencia profesional de la Ciencia Jurídica.
  3. Propender a la solidaridad entre colegas a través de la transmisión de experiencia profesional.
  4. La participación activa en temas de actualidad y de interés comunitario.
  5. La organización de Congresos, Conferencias, Jornadas, Seminarios, Cursos y otras actividades académicas tanto sea por sí y/o en conjunto con entidades públicas o privadas, promoviendo la participación activa de los abogados matriculados.

Funciones del Instituto:

  1.  El estudio y la investigación del Derecho y de la Ciencia Jurídica en función de la práctica, la actualización y la especialización profesional.
  2.  El asesoramiento al Directorio del Colegio de Abogados, mediante la producción de informes o elaboración de dictámenes, sobre legislación, jurisprudencia y/o doctrina en temáticas actuales.-
  3. Elaboración de proyectos de legislación y demás trabajos de interés jurídico que le sean requeridos por el Directorio del Colegio.
  4. Desarrollar las demás actividades científicas y técnicas que determine el Directorio del Colegio de Abogados, colaborando en toda tarea académica que se le encomiende o solicite.-
  5. Organizar y participar en Congresos, Jornadas, Reuniones, Cursos, Seminarios, Mesas redondas, Paneles, Conferencias, etc. referidas a las distintas áreas del Derecho, las Ciencias Jurídicas y disciplinas complementarias y presentar trabajos y ponencias en estos eventos.-
  6. La recopilación de información, documentos, legislación, jurisprudencia y doctrina, proporcionada por cada Sala a los fines de la creación de un archivo a ser entregado a la biblioteca del Colegio para permitir la consulta del mismo por todos los colegiados.-
  7. Dictaminar sobre todo asunto de carácter académico-institucional que le someta a consideración el Directorio del Colegio de Abogados de Río Cuarto
  8. Asesorar a los Coordinadores de Sala sobre: la organización de las actividades académicas, las publicaciones a realizar, bibliografía a adquirir,· la formación de un índice bibliográfico de la especialización con libre acceso para los matriculados.

El Instituto contará con los siguientes recursos:

  1. Las contribuciones que eventualmente se establezcan a cargo de sus miembros;
  2. Los fondos que le asigne el Directorio del Colegio;
  3. Las donaciones y subsidios que se le otorguen;
  4. Los derechos de inscripción y/o aranceles que se perciban en caso de encuentros científicos;
  5. Los demás recursos propios de sus actividades que la Mesa Directiva determine con la anuencia del Directorio del Colegio.

Autoridades del Instituto:

  1. La mesa Directiva está integrada por un Director, Vicedirector y Secretario Académico.
  2. El Instituto se organiza en Salas, por cada rama o área del Derecho, que están a cargo de un Coordinador y un Secretario, designados por la Mesa Directiva.

Dichos cargos serán desempeñados “ad honorem” y su mandato caducará junto con el del Directorio en cuya gestión han sido designados, sin perjuicio de la permanencia en sus cargos hasta que sean designados sus reemplazantes, pudiendo ser reelectos indefinidamente.

Requisitos para ser Autoridad del Instituto y de las Salas

Es requisito para ser Director  de Instituto tener  más de 10 años de antigüedad en la matrícula y acreditar antecedentes académicos. Se considerarán antecedentes académicos haber desempeñado funciones académicas en el Colegio de Abogados de Río Cuarto, ejercer la docencia, ser autor de publicaciones especializadas y de ponencias, y haber asistido a Congresos, Jornadas y otros eventos técnicos, científicos y profesionales de derecho calidad de expositor.

Para ser designado como Vicedirector y Secretario del Instituto se requiere tener  más de 10 años de antigüedad en la matrícula y poseer antecedentes académicos en temas de Ciencia Jurídica.

Son requisitos para ser designado como autoridad de cada Sala tener  más de 10 años de antigüedad en la matrícula y poseer antecedentes académicos en la especialidad de la misma.

En ningún caso podrán integrar el Instituto o sus Salas, aquellos colegiados que se hallen sancionados con suspensión o cancelación de la matrícula por parte del Tribunal de Ética.

El instituto o sus Salas no podrán efectuar declaraciones públicas sin la previa y expresa autorización del Directorio del Colegio de Abogados.

Funciones y Deberes de cada Sala

  1. Organizar Jornadas, Seminarios, Concursos o Conferencias, Congresos y cursos de posgrados acreditados, en el área de su especialidad.
  2. Convocar y propiciar la participación de todos los colegiados interesados en asistir a sus reuniones.- A tal fin, cada Sala se reunirá por lo menos una vez al mes con el quórum de cuatro miembros y adoptará, en su caso, decisiones por simple mayoría.
  3. Realizar investigaciones y estudios intensivos o particulares vinculados con temas o problemas de actualidad y publicaciones concernientes a su labor.
  4. Emitir dictamen cada vez que el Directorio del Colegio o el Instituto se lo solicite en forma expresa sobre temas de su competencia y especialidad.
  5. Presentar informes sobre los proyectos de leyes nacionales, provinciales y ordenanzas municipales relacionados con esta rama del Derecho, el contenido de cada uno de ellos y estado parlamentario en el que se encuentran.-
  6. Informar periódicamente sobre toda aquella jurisprudencia referida a su materia y emanada de la Corte Suprema de la Nación, Tribunal Superior de Justicia y tribunales locales.-
  7. Recomendar al Directorio del Colegio de Abogados las publicaciones que estimen pertinentes y proponer la compra de libros y/o revistas de actualidad a los fines de mantener actualizada su Biblioteca.-

Atribuciones  y Obligaciones de sus Coordinadores:

  1.  Presentar por escrito, antes del 15 de marzo de cada año, el plan de acción y la programación anual de actividades, sometiéndolos a la consideración de la Mesa Directiva a cuyo cargo se encuentra la Agenda Académica del Instituto.-
  2. Convocar a una reunión al menos una vez por mes y organizar por año al menos dos eventos (jornadas, cursos, taller, exposiciones, conferencias) de interés para los profesionales de la matrícula.
  3. Asistir obligatoriamente a las reuniones de la Sala y a las que convoque la Mesa Directiva del Instituto o el Directorio del Colegio.-
  4. Requerir la aprobación de la Mesa Directiva del Instituto para la realización de sus actividades.- A tal fin deberá presentar por escrito la propuesta de organización de un evento académico, con una anticipación mínima de treinta días, acompañada del temario a desarrollarse, currículum del/de los disertante/s, presupuesto detallado y completo de gastos, costos y demás requerimientos para su realización.-

En caso de que el valor de la inscripción de la actividad no cubra el costo del mismo, solicitar previamente las partidas de gastos correspondientes para el desarrollo de la misma. Los Cursos, Jornadas, Talleres y cualquier evento que organice la Sala son de exclusiva responsabilidad del Coordinador, debiendo asegurar la disponibilidad del lugar, presupuestar viáticos, honorarios y demás gastos que demande el evento y  fijar el valor del curso a los efectos de solventar el mismo.

  1. Cumplir y hacer cumplir con la modalidad de pago electrónico a la cuenta del Instituto de todo arancel a cobrar a los fines de la inscripción y participación en los distintos eventos académicos organizados por la Sala.-
  2. Entregar a la Mesa Directiva del Instituto el material científico, publicaciones dictámenes y/o información impresa obtenidos a través de la actividad de cada Sala para integrar el archivo que será de libre consulta por los Colegiados en la biblioteca del Colegio.
  3. Elevar anualmente a la Mesa Directiva del Instituto y con anterioridad al 1º de diciembre, la Memoria de las labores realizadas y la actuación desarrollada ese año.

Las situaciones que no se encuentren previstas en el presente Reglamento y en el Estatuto del Colegio, serán decididas en cada caso por el Directorio.